Sala Multicompetente de Santa Elena resolvió declarar la nulidad del recurso de “habeas corpus’ concedido a Jorge Glas

Santa Elena.- La Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Santa Elena, constituido como Tribunal de garantías jurisdiccionales e integrado por los jueces Ab. Silvana Caicedo Ante, Dr. Juan Carlos Camacho Flores y Ab. Kleber Franco Aguilar resolvieron declarar la nulidad del recurso de ‘habeas corpus” a favor de Jorge Glas Espine.

La Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Santa Elena, con criterio unánime resuelve “Declarar la nulidad de todo lo actuado por el juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Manglaralto, Abg. Diego Javier Moscoso Cedeño, por falta de competencia en razón del territorio en la tramitación de la causa de habeas corpus no. 24202-2022-00017T, así como por haber causado indefensión al no citar con la acción a quien debió haber sido legitimado pasivo dentro de la presente causa; esto es, al Procurador General del Estado, por consiguiente, cúmplase con la privación de libertad dispuesta en sentencias condenatorias emitidas en su contra por la Sala Especializada en materia Penal de la Corte Nacional de Justicia”.

Además dispone la inmediata localización, captura y traslado del ciudadano ING. Jorge David Glas Espinel al Centro de Rehabilitación Social Regional Sierra Centro Norte Cotopaxi, para lo cual se dispone Oficiar al señor Comandante General de la Policía Nacional, para el inmediato y obligatorio cumplimiento de ésta decisión constitucional independientemente de cualquier acción o recurso.

El Tribunal Penal oficia a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se investigue la conducta de todos aquellos funcionarios del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractora “SNAI” que intervinieron dentro de la presente causa.

De igual manera se oficia a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se investigue la actuación de todos aquellos funcionarios de la Unidad Judicial Multicompetente en la Parroquia Manglaralto que hayan intervenido en el sorteo y trámite del proceso constitucional 24202-2022-00017.

Remitir el expediente a la Sala de Sorteos de Latacunga para que un Juez de su competencia conozca y resuelva la causa.

Finalmente declarar la existencia de error inexcusable, tipificada como infracción disciplinaria en el artículo 109, numeral 7 del Código Orgánico de la Función Judicial, en las actuaciones del Ab. Diego Javier Moscoso Cedeño en su calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en la Parroquia Manglaralto, Cantón y Provincia de Santa Elena, dentro del proceso 24202-2022-00017, de conformidad con el artículo 131. 3 del Código Orgánico de la Función Judicial.

Se dispone notificar a la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Santa Elena con la presente declaratoria jurisdiccional previa de error inexcusable, adjuntando copias certificadas del expediente con el fin de que inicie el correspondiente sumario administrativo.