Quito.- El Juez de la Corte Nacional de Justicia niega el pedido de Hábeas Corpus, que lo formulara el vocal del Consejo de la Judicatura Xavier Muñoaz, quien cumple prisión preventiva en la Cárcel 4 de Quito, desde el 29 de noviembre. El funcionario es investigado por el delito de supuesta obstrucción a la justicia.
La audiencia se instaló el sábado 30 de diciembre de 2023, a las 11H00, en la Sala Especializada de la Familia, Niñez y Adolescencia de la Corte Nacional de Justicia, integrada por los jueces David Jacho (ponente), Roberto Guzmán y Adrián Rojas. La decisión fue unámime por parte e los jueces de la sala. Se analizaron los alegatos de todas las partes. Tras un receso de más de dos horas, a las 16H00, los colegiados hicieron pública su resolución.
«No se avizora que la detención fue ilegal, ni arbitraria ni ilegítima», dijo el juez David Jacho, durante la lectura de su decisión, fundamentada tras un análisis de las versiones y pruebas de las partes.
Xavier Muñoz, vocal del Consejo de la Judicatura, compareció de forma telemática, pues debe cumplir con prisión preventiva por el presunto delito de obstrucción a la justicia. Quienes sí asistieron a la sala fueron sus abogados, Fernando King y Richard King.
El juez Luis Rivera, quien ordenó la prisión preventiva contra Xavier Muñoz, se excusó y no asistió a la diligencia, pero envió un informe sobre las motivaciones de su decisión. José Luis Arcos, procurador judicial de la Fiscalía General del Estado, participó en calidad de amicus curiae.
Xavier Muñoz fue el último en intervenir durante la audiencia. Según él, las acusaciones de la Fiscalía son “falacias”, y anunció que se mantendrá abierto a colaborar durante el proceso investigativo.
Como parte de este caso también son procesados la exvocal del Consejo de la Judicatura Maribel Barreno, Andrés J., secretario general (e) del CJ; Marcela V., subdirectora nacional de Control Disciplinario del CJ; Carlos G., subdirector nacional de Control Disciplinario de la Judicatura; y Katherine L., subdirectora nacional de Gestión de Procesos del pleno del CJ.
Alegatos de la defensa
Fernando King basó su argumento en la supuesta violación a los derechos de Xavier Muñoz, aduciendo que la Fiscalía no sustentó las razones para solicitar la presión preventiva de su cliente. Según su criterio, el vocal no habría incurrido en delito alguno.
“Se lo acusa por haber actuado en la suspensión del juez Walter Macías, pero esa decisión se tomó por mayoría de un cuerpo colegiado como es el Consejo de la Judicatura, no respondió únicamente por la voluntad del señor Muñoz”, dijo.
Pidió que se deje sin efecto la prisión preventiva, pues hay otras medidas que garantizan la continuidad del proceso como la prohibición de salida del país, presentaciones periódicas ante la autoridad competente.
La Fiscalía defendió su postura
José Luis Arcos, representante de la Fiscalía, justificó su pedido. Según su criterio, debido al alto cargo de Muñoz en el órgano de la judicatura, podría interferir o entorpecer -con sus influencias- el correcto avance del proceso legal.
“Tenemos que evitar que se abuse del recurso de Hábeas Corpus, este no es un caso ajeno a ese abuso. La garantía constitucional no puede superponerse ni reemplazar a la justicia penal, pues persiguen objetivos distintos”, dijo.
Más de 50 elementos de convicción
Más de cincuenta elementos de convicción presentó la Fiscalía General de Estado para formular cargos contra Wilman T., expresidente del Consejo de la Judicatura; el vocal Xavier M. y la exvocal Maribel B., como autores directos del delito de obstrucción de la justicia.
También son procesados otros funcionarios de la misma Institución: Andrés J., Marcela V., Carlos G. y Katherine L., en calidad de cómplices.
Al concluir la audiencia, el juez nacional Luis Rivera acogió el pedido –legalmente fundamentado– de Fiscalía y dictó prisión preventiva para Wilman T. y Xavier M., mientras que a los otros cinco procesados les dispuso la prohibición de salida del país, obligación de presentarse periódicamente y el uso del grillete electrónico.
El Juez también ordenó la retención de los valores que mantengan los procesados en cuentas de ahorro y corriente, y pólizas e inversiones; y la prohibición de transferir, enajenar o mover bienes muebles que estén a su nombre.
Asimismo, concedió medidas de protección a favor del juez Walter Macías, el fiscal general subrogante (s), Wilson Toainga, y la fiscal Alexandra Zurita, a fin de evitar que el Consejo de la Judicatura ejerza actos de persecución e intimidación en su contra.
En su intervención, el fiscal general del Estado (s), Wilson Toainga, mencionó que en el año 2022 se inició una investigación previa por el delito de tráfico de influencias en contra de los exvocales del Consejo de la Judicatura, Juan José M. y Maribel B., y que posteriormente se solicitó la formulación de cargos ante la Corte Nacional de Justicia.
Luego del sorteo correspondiente, la competencia para tramitar dicha causa recayó en el juez Walter Macías Fernández, quien señaló la audiencia para el 4 de mayo de 2023, pero no se instaló debido a que un día antes (3 de mayo), Maribel B. presentó una demanda de recusación en su contra.
Sin embargo, el 11 de mayo de 2023, los integrantes del pleno del Consejo de la Judicatura suspendieron de sus funciones al mencionado Juez, amparados en los informes técnicos y memorandos emitidos por sus subalternos, Andrés J. y Marcela V., a pesar de que –horas antes– la demanda de recusación fue rechazada.
Asimismo, refirió que el 8 de marzo de 2023 se presentó una denuncia administrativa en contra del juez Walter Macías en marco del denominado caso “Las Torres”, por una supuesta infracción al no haber informado al Presidente de la Corte Nacional la demanda de recusación en contra del juez Adrián Rojas (juez del Tribunal de dicha causa) y la emisión de la sentencia oral cuando se encontraba suspendida la competencia de este último, sin que la sentencia del juicio de recusación se encuentre ejecutoriada.
El Consejo de la Judicatura calificó a esta denuncia administrativa como “infracción gravísima” y destituyó al juez Macías. Esa decisión fue tomada con dos votos favorables de los cinco posibles –correspondientes a los vocales (5) que conforman el Pleno– en una sesión marcada por irregularidades.
La Fiscalía General del Estado reconoce que existen atribuciones propias de cada organismo estatal, pero también advierte que, a pretexto del ejercicio de las mismas, se han usado ilegitimidades evidentes, inventándose pasos o procedimientos no reglados –por lo tanto ilegítimos– para impedir la actuación libre de un juez nacional.
Información jurídica
El delito de obstrucción de la justicia está tipificado y sancionado en el artículo 270.1, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).