EN LA LEY DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS, SE DEBE TOMAR ENCUENTA LAS 40 RECOMENDACIONES DE LA GAFI

Quito.- Las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), tipificación del delito, elementos del tipo penal, Sistema de Prevención y Combate contra el Lavado de Activos, subsistemas especializados, entre otros fueron los temas expuestos, en la Comisión de Régimen Económico, en el marco del análisis del proyecto de Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos.

En este contexto, el Coordinador General de Prevención de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), Juan Pablo Castillo, explicó sobre el lavado de activos, que su definición más conocida es “dar apariencia de legalidad a bienes que tienen origen ilícito”.

Precisó que existen 40 recomendaciones del GAFI, que los países deben tomar en cuenta según la Convención de Viena y la Convención de Palermo.

En el caso ecuatoriano, el lavado de activos está tipificado en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en donde constan 7 modalidades distintas de la infracción. Este delito se caracteriza por ser autónomo, complejo, de resultado y de peligro, doloso, internacional y común. El sujeto activo es cualquier persona que actúe en forma directa o indirecta.

Diego Vinueza, de la Unidad de Análisis Financiero, se refirió al Sistema Antilavado de Activos, que incluye la cadena investigativa penal. Para ello, existen 4 subsistemas especializados con representantes de varias instituciones que trabajan de manera coordinada: riesgos; inteligencia y economía; investigación y judicialización; supervisión; y, consultivo del sector privado.

Tras las exposiciones de los representantes de la UAFE, el asambleísta Juan Pablo Molina consultó sobre las consideraciones que toma en cuenta la UAFE para establecer las multas altas por el retraso en los reportes. Cristhian Vega preguntó sobre el nivel de riesgo de lavado de activos en la compraventa de vehículos, juegos de azar, casinos y encuestas deportivas. Valeria Montenegro se refirió al comparativo de calificaciones de los países miembros del GAFI 2022, que en el caso de Ecuador consta con la denominación NC (no cumple). El legislador Manuel Bohórquez pidió explicación sobre la posible detección de lavado de activos en los consorcios o planes de compraventa de vehículos.

 

Juez niega recurso de Hábeas Corpus a Xavier Muñoz vocal del Consejo de la Judicatura

Quito.- El Juez de la Corte Nacional de Justicia niega el pedido de Hábeas Corpus, que lo formulara el vocal del Consejo de la Judicatura Xavier Muñoaz, quien cumple prisión preventiva en la Cárcel 4 de Quito, desde el 29 de noviembre. El funcionario es investigado por el delito de supuesta obstrucción a la justicia.

La audiencia se instaló el sábado 30 de diciembre de 2023, a las 11H00, en la Sala Especializada de la Familia, Niñez y Adolescencia de la Corte Nacional de Justicia, integrada por los jueces David Jacho (ponente), Roberto Guzmán y Adrián Rojas. La decisión fue unámime por parte e los jueces de la sala. Se analizaron los alegatos de todas las partes. Tras un receso de más de dos horas, a las 16H00, los colegiados hicieron pública su resolución.

«No se avizora que la detención fue ilegal, ni arbitraria ni ilegítima», dijo el juez David Jacho, durante la lectura de su decisión, fundamentada tras un análisis de las versiones y pruebas de las partes.

Xavier Muñoz, vocal del Consejo de la Judicatura, compareció de forma telemática, pues debe cumplir con prisión preventiva por el presunto delito de obstrucción a la justicia. Quienes sí asistieron a la sala fueron sus abogados, Fernando King y Richard King.

El juez Luis Rivera, quien ordenó la prisión preventiva contra Xavier Muñoz, se excusó y no asistió a la diligencia, pero envió un informe sobre las motivaciones de su decisión. José Luis Arcos, procurador judicial de la Fiscalía General del Estado, participó en calidad de amicus curiae.

Xavier Muñoz fue el último en intervenir durante la audiencia. Según él, las acusaciones de la Fiscalía son “falacias”, y anunció que se mantendrá abierto a colaborar durante el proceso investigativo.

Como parte de este caso también son procesados la exvocal del Consejo de la Judicatura Maribel Barreno, Andrés J., secretario general (e) del CJ; Marcela V., subdirectora nacional de Control Disciplinario del CJ; Carlos G., subdirector nacional de Control Disciplinario de la Judicatura; y Katherine L., subdirectora nacional de Gestión de Procesos del pleno del CJ.

Alegatos de la defensa

Fernando King basó su argumento en la supuesta violación a los derechos de Xavier Muñoz, aduciendo que la Fiscalía no sustentó las razones para solicitar la presión preventiva de su cliente. Según su criterio, el vocal no habría incurrido en delito alguno.

“Se lo acusa por haber actuado en la suspensión del juez Walter Macías, pero esa decisión se tomó por mayoría de un cuerpo colegiado como es el Consejo de la Judicatura, no respondió únicamente por la voluntad del señor Muñoz”, dijo.

Pidió que se deje sin efecto la prisión preventiva, pues hay otras medidas que garantizan la continuidad del proceso como la prohibición de salida del país, presentaciones periódicas ante la autoridad competente.

La Fiscalía defendió su postura

José Luis Arcos, representante de la Fiscalía, justificó su pedido. Según su criterio, debido al alto cargo de Muñoz en el órgano de la judicatura, podría interferir o entorpecer -con sus influencias- el correcto avance del proceso legal.

“Tenemos que evitar que se abuse del recurso de Hábeas Corpus, este no es un caso ajeno a ese abuso. La garantía constitucional no puede superponerse ni reemplazar a la justicia penal, pues persiguen objetivos distintos”, dijo.

Más de 50 elementos de convicción

Más de cincuenta elementos de convicción presentó la Fiscalía General de Estado para formular cargos contra Wilman T., expresidente del Consejo de la Judicatura; el vocal Xavier M. y la exvocal Maribel B., como autores directos del delito de obstrucción de la justicia.

También son procesados otros funcionarios de la misma Institución: Andrés J., Marcela V., Carlos G. y Katherine L., en calidad de cómplices.

Al concluir la audiencia, el juez nacional Luis Rivera acogió el pedido –legalmente fundamentado– de Fiscalía y dictó prisión preventiva para Wilman T. y Xavier M., mientras que a los otros cinco procesados les dispuso la prohibición de salida del país, obligación de presentarse periódicamente y el uso del grillete electrónico.

El Juez también ordenó la retención de los valores que mantengan los procesados en cuentas de ahorro y corriente, y pólizas e inversiones; y la prohibición de transferir, enajenar o mover bienes muebles que estén a su nombre.

Asimismo, concedió medidas de protección a favor del juez Walter Macías, el fiscal general subrogante (s), Wilson Toainga, y la fiscal Alexandra Zurita, a fin de evitar que el Consejo de la Judicatura ejerza actos de persecución e intimidación en su contra.

En su intervención, el fiscal general del Estado (s), Wilson Toainga, mencionó que en el año 2022 se inició una investigación previa por el delito de tráfico de influencias en contra de los exvocales del Consejo de la Judicatura, Juan José M. y Maribel B., y que posteriormente se solicitó la formulación de cargos ante la Corte Nacional de Justicia.

Luego del sorteo correspondiente, la competencia para tramitar dicha causa recayó en el juez Walter Macías Fernández, quien señaló la audiencia para el 4 de mayo de 2023, pero no se instaló debido a que un día antes (3 de mayo), Maribel B. presentó una demanda de recusación en su contra.

Sin embargo, el 11 de mayo de 2023, los integrantes del pleno del Consejo de la Judicatura suspendieron de sus funciones al mencionado Juez, amparados en los informes técnicos y memorandos emitidos por sus subalternos, Andrés J. y Marcela V., a pesar de que –horas antes– la demanda de recusación fue rechazada.

Asimismo, refirió que el 8 de marzo de 2023 se presentó una denuncia administrativa en contra del juez Walter Macías en marco del denominado caso “Las Torres”, por una supuesta infracción al no haber informado al Presidente de la Corte Nacional la demanda de recusación en contra del juez Adrián Rojas (juez del Tribunal de dicha causa) y la emisión de la sentencia oral cuando se encontraba suspendida la competencia de este último, sin que la sentencia del juicio de recusación se encuentre ejecutoriada.

El Consejo de la Judicatura calificó a esta denuncia administrativa como “infracción gravísima” y destituyó al juez Macías. Esa decisión fue tomada con dos votos favorables de los cinco posibles –correspondientes a los vocales (5) que conforman el Pleno– en una sesión marcada por irregularidades.

La Fiscalía General del Estado reconoce que existen atribuciones propias de cada organismo estatal, pero también advierte que, a pretexto del ejercicio de las mismas, se han usado ilegitimidades evidentes, inventándose pasos o procedimientos no reglados –por lo tanto ilegítimos– para impedir la actuación libre de un juez nacional.

Información jurídica

El delito de obstrucción de la justicia está tipificado y sancionado en el artículo 270.1, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

LA CREACIÓN DEL CONCLAFT, TEMA DE ANÁLISIS EN EL PROYECTO PARA PREVENIR EL LAVADO DE ACTIVOS

Quito.- La creación del Comité de Coordinación Contra el Lavado de Activos y sus Delitos Precedentes, la Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, CONCLAFT; las funciones de la UAFE, sujetos obligados, supervisión, procedimiento sancionador y sanciones fueron, entre otros, temas expuestos por las autoridades invitadas a la Comisión de Régimen Económico, en el marco del estudio del proyecto de reforma a la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos.

Marco Rodríguez, presidente de la Asociación de Bancos, aseguró que el sector financiero privado está preparado en materia de prevención y mitigación del riesgo de lavado de activos, para ello cuenta con robustos sistemas de prevención y monitoreo.

El representante de la Asociación de Bancos, con relación al CONCLAFT dijo que sus facultades no deben ser el promover o coordinar las políticas públicas, sino su diseño y ejecución, además de aclarar las funciones de la UAFE y mantener el sigilo y reserva de la información.

Pablo Villegas, presidente del Instituto Ecuatoriano de Derecho Tributario, observó el contenido del artículo 99 del proyecto, respecto a la información y datos de los beneficiarios finales que podrá compartir la Superintendencia de Compañías; información que también se debería compartir al Servicio Nacional de Aduana, la UAFE, SRI y entidades competentes.

La Comisión de Régimen Económico también recibió a Daniela Escobar, especialista en derecho penal tributario, quien recordó las recomendaciones efectuadas a Ecuador por parte del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en 2012, especialmente respecto a los delitos fiscales. Luego en 2023, advierte las amenazas relacionadas con el narcotráfico, corrupción, evasión fiscal y contrabando, en varios casos a través de “empresas de papel” que generan o simulan actividades.

Ex ministro Iván E. y 7 personas más son llamadas a juicio por presunto peculado

Guayaquil.- Tras acoger el pedido de la Fiscalía, el juez de Garantías Penales, Patricio Vidal, dictó auto de llamamiento a juicio en contra de Iván E.M., exministro de Inclusión Económica y Social, y otros 7 procesados, por su presunta participación en el delito de peculado, debido a irregularidades en los contratos que mantenía el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) con clínicas privadas.

En la audiencia evaluatoria y preparatoria de juicio que se desarrolló en el Complejo Judicial Guayaquil Sur (Valdivia), la Fiscalía Provincial del Guayas emitió dictamen acusatorio en contra de los procesados Iván E.M, cuando se desempeñaba como Subdirector de Prestaciones de Servicios de Salud del IESS, y los exfuncionarios públicos de dicha entidad Inti Q.B., Wilson Q.S., Luis M.A., Marlene R.Z., Juan G.H., y Diego H.G, en calidad de autores directos.

Mientras que, el procesado Homero A.R., gerente de una compañía de auditoría externa, responsable de los pagos cancelados, fue acusado como cómplice del delito investigado.

El fiscal de la Unidad de Administración Pública, Wellington Boni Alay, expuso cerca de 10 elementos de convicción, recogidos en una investigación que contiene 188 cuerpos y más de 20 000 fojas, mismos que harían presumir la participación de los procesados en “acciones graves que habrían causado un perjuicio económico al Estado de $123.827,24”.

Entre los elementos presentados destaca un informe emitido por la Contraloría General de Estado desde el 2012 al 2015, con Indicios de Responsabilidad Penal en contra de los procesados. Allí se revelarían supuestas irregularidades como pagos excesivos e indebidos en facturas emitidas por concepto de prestación de salud. Además, los pagos efectuados sin documentación de soporte por $21.560,18; por honorarios médicos $39.030,99; los servicios de habitación (manejo diario, derechos de sala, exámenes de laboratorio e imagen) alcanzan los $39.573; y los suministros e insumos médicos fueron facturados por un valor de $23.662,40.

A estos elementos se agregan, el tarifario del Ministerio de Salud Pública que establece los montos correspondientes a los servicios de salud, el informe de reconocimiento de los hechos, un informe de predeterminación de responsabilidades de la Contraloría, y las versiones de seis auditores de esta entidad de control.

El juez también ratificó las medidas cautelares que tienen actualmente siete procesados, esto es la presentación periódica ante la autoridad judicial y la prohibición de salida del país. Mientras que al procesado Iván E.M., el juez le dictó orden de prisión preventiva.

En la primera parte de la audiencia, efectuada el pasado 21 de noviembre, el juez escuchó los alegatos de los representantes de la Fiscalía, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, la Contraloría y la Procuraduría; así como de los abogados de los procesados.

En la reinstalación de la diligencia, el viernes 23 de noviembre, el juez declaró la validez del proceso judicial, al considerar que no existen vicios de procedimiento y procedibilidad que afecten el desarrollo de la causa.

DATO:

El delito de peculado está tipificado en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal, y sanciona con pena privativa de libertad de 10 a 13 años a “las o los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, determinadas en la Constitución de la República, en beneficio propio o de terceros, que abusen, se apropien, distraigan o dispongan arbitrariamente de bienes muebles o inmuebles, dineros públicos o privados, efectos que los representen, títulos o documentos que estén en su poder en virtud o razón a su cargo.(Contribuyó Prensa @FiscaliaEcuador).

Comisión de Fiscalización inicia trámite para juicio político a Carlos Baca

Quito.- Al amparo de los artículos 131 de la Constitución, 80 y 81 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la Comisión de Fiscalización, en la sesión 029, inició el trámite del pedido de juicio político en contra de Carlos Baca Mancheno, fiscal General del Estado.

En efecto, con el voto favorable de 11 legisladores presentes, la mesa calificó a trámite la solicitud de enjuiciamiento y empezó la sustentación del mismo, luego de verificar el número de firmas requeridas y las correspondientes argumentaciones de los proponentes.

La comisión decidió, además, que dentro de las pruebas de oficio se unifiquen las diferentes propuestas encaminadas a recibir al Policía Dany Ibarra, a Renato González, jefe de la Unidad de Investigaciones, a fin de que informen sobre la elaboración del parte policial referente al audio difundido por el Fiscal General.

También se valorará el pedido para recabar la documentación de la sentencia ejecutoriada en Brasil por el caso Odebrecht en contra José Conciencao Santos y el dictamen absolutorio emitido en Ecuador al respecto.

Representantes de diversas bancadas parlamentarias oficializaron este pedido el pasado 16 de marzo, recogiendo el mandato del Pleno de la Asamblea, bajo la acusación de incumplimiento de funciones.

Procedimiento

Kharla Chávez, presidenta encargada de la comisión, anunció que inmediatamente se notificará a las partes, las que tienen 15 días para presentar las pruebas de cargo y de descargo.

Lamentamos este tipo de hechos bochornosos, que esperamos que no se vuelvan a repetir, más aún cuando generan cierta inestabilidad política. Vamos a llevar este proceso con absoluta responsabilidad y transparencia, garantizando, en todo momento, el legítimo derecho a la defensa, enfatizó.

Reiteró que el trabajo estará apegado a la Constitución y a la ley, al precisar que estará muy activa para que estos casos reciban una ejemplar sanción moral y política.

Ramiro Cueva: “Nos acogemos al derecho a la resistencia”

El Gerente de Ecotel TV, Ramiro Cueva Atarihuana, en declaraciones a diario La Hora afirmó que “se acogerá al Derecho a la Resistencia consagrado en la Constitución, en consecuencia en las próximas horas volverá al aire con equipos provisionales para dar a conocer lo que ocurre”, luego de que se cumpliera una orden judicial y dejara de emitir la señal abierta del canal televisivo en Loja.

“No dejaremos que se consume ni un abuso más en contra de los medios de comunicación y del pueblo por parte de este gobierno” puntualizó Ramiro Cueva Atarihuana a La Hora.

En su cuenta de twitter del Ministerio del Interior, el operativo se denominó “Amanecer”, el mismo que se realizó a eso de las 02H00 de este miércoles 16 de diciembre del 2015; con una orden judicial personal de la Policía Nacional, de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel) y de la Fiscalía de Loja allanaron esta madrugada las instalaciones de la estación televisiva Ecotel e incautaron los equipos, la señal dejo de emitirse desde hoy, en Loja.

El medio de comunicación televisivo tenía una disposición de cierre de frecuencia, por parte del Consejo Nacional de Telecomunicaciones, por no haber cancelado el valor de $150 de la concesión en 2002.

En enero de este año Ramiro Cueva Atarihuna, gerente de la institución presentó una acción de amparo que fue negada por la Corte de Justicia de Loja. Hoy se hizo efectiva la resolución con los antecedentes antes señaldos.

Ramiro Cueva Atarihuana, gerente propietario, supone que el cierre del canal obedecería a una orden del Gobierno -según él- por haber difundido una información sobre el traslado del mobiliario de una unidad educativa del milenio de Morona Santiago para trasladarla al Bernardo Valdivieso e inaugurarlo el pasado 8 de diciembre, le dijo al periodista de Diario La Hora.

«Es una muerte anunciada. La posición independiente de este canal siempre le ha resultado incómoda al Gobierno Nacional (…). Este sábado el Presidente de la República insultó a Ramiro Cueva y a Ecotel tv. Nos dijo que somos parte de la miseria humana que existe en el Ecuador», comenta Cueva Atarihuna.

El gerente de Ecotel Tv indica que en las próximas horas saldrán al aire y se acogerán al derecho a la resistencia y las 42 familias que económicamente dependen del canal se instalarán en las instalaciones y solamente los sacarán como a los equipos «desenchufados e inertes”.