Quito. (Pablo Sanmartín Rodríguez).- El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó una reforma que permite eximir de multas electorales a mujeres desde el sexto mes de embarazo y durante el primer año de lactancia.
La medida establece que este grupo podrá justificar su inasistencia a tres obligaciones electorales: no sufragar, no integrar una Junta Receptora del Voto y no participar en las capacitaciones convocadas por el organismo electoral.
Para acceder a este beneficio, las mujeres deberán presentar documentación que respalde su condición. En el caso de embarazo, se requerirá un certificado médico emitido por un profesional del Sistema Nacional de Salud; mientras que, durante el periodo de lactancia, será necesario presentar el certificado de nacimiento del menor.
Alcance de la reforma
La disposición busca flexibilizar las obligaciones electorales para grupos considerados de atención prioritaria, reconociendo las condiciones físicas y de cuidado que atraviesan las mujeres en estas etapas.
Con esta decisión, el CNE refuerza el enfoque de derechos dentro del sistema electoral ecuatoriano, alineándose con principios constitucionales que protegen a mujeres embarazadas, madres lactantes, niñas y niños.
Enfoque de derechos
El organismo electoral señaló que esta reforma se sustenta en la garantía del interés superior del niño y en la protección integral de la mujer, en concordancia con la normativa vigente.
Además, la medida apunta a evitar sanciones económicas en contextos donde las responsabilidades de salud y cuidado pueden limitar la participación en procesos electorales.

