Quito, (Pablo Sanmartín Rodríguez).- Con 148 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea Nacional resolvió censurar y destituir, en ausencia, al vocal y presidente del Consejo de la Judicatura, Mario Fabricio Godoy Naranjo, al determinar su responsabilidad política por manifiesta inoperancia en el ejercicio de sus funciones.
La decisión se fundamentó en el numeral 3 del artículo 255 del Código Orgánico de la Función Judicial, en concordancia con el artículo 131 de la Constitución de la República y el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL). Como efecto inmediato, el exfuncionario quedó inhabilitado para ejercer cargos públicos durante dos años.
Renuncia y ausencia en el Pleno
Godoy no asistió a presentar sus alegatos de defensa ante el Pleno. De manera previa, remitió su renuncia irrevocable al presidente del Legislativo, Niels Olsen.
Tras la votación, Olsen señaló que la Asamblea actuó con responsabilidad y en estricto apego a la ley, subrayando que la decisión no representa una victoria política, sino un acto en defensa del respeto a las normas y procedimientos institucionales.
Argumentos del juicio político
El proceso inició con la lectura del informe aprobado por la Comisión de Fiscalización y Control Político, que sustanció la solicitud de enjuiciamiento presentada por los asambleístas Viviana Veloz y Franklin Samaniego.
Los interpelantes señalaron presuntos incumplimientos constitucionales y legales, especialmente en la garantía de independencia judicial, el control disciplinario sobre servidores judiciales, la protección a jueces amenazados y la transparencia en la administración de justicia. También se mencionaron presuntas presiones indebidas a la jueza Nubia Vera.
Durante el debate, la legisladora Ana Belén Tapia presentó la moción de censura, que fue aprobada por amplia mayoría. Por su parte, el presidente de la Comisión de Fiscalización, Ferdinan Álvarez, destacó que el informe fue producto de un trabajo técnico y sin cálculos políticos.
Conclusiones del informe
El informe legislativo concluyó que Godoy incurrió en manifiesta inoperancia, no solo por incumplimiento de funciones, sino por actuaciones consideradas deficientes e ineficaces frente a un contexto de crisis de seguridad. Según el documento, la respuesta institucional ante atentados y amenazas a operadores de justicia fue tardía y limitada a trámites burocráticos.
Notificaciones y efectos legales
La resolución será notificada al Ministerio de Trabajo para los fines legales correspondientes y al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a fin de que proceda conforme a la normativa vigente.
Con esta decisión, la Asamblea Nacional ejerció su facultad de fiscalización y control político en el marco del debido proceso y las garantías constitucionales.


