Colegios no pueden imponer dónde comprar libros en Ecuador

Quito. (Lindon Sanmartín Rodríguez).- Los colegios particulares y fiscomisionales de Ecuador pueden seleccionar los textos escolares que utilizarán sus estudiantes, pero no deberían obligar a las familias a adquirirlos en una librería, distribuidor, plataforma o punto de venta específico.

La advertencia fue emitida por la Superintendencia de Competencia Económica (SCE) mediante un exhorto publicado el 25 de agosto de 2026, a pocos días del inicio del año lectivo Sierra-Amazonía 2026-2027.

La entidad establece una diferencia entre la facultad de una institución educativa para determinar qué textos utilizarán sus estudiantes y la posibilidad de restringir el lugar donde las familias pueden comprarlos.

En ese sentido, un colegio puede requerir un determinado libro para sus actividades académicas, pero esa decisión no debería convertirse en una obligación para adquirirlo exclusivamente a través de un proveedor determinado.

Familias pueden comparar precios y proveedores

Según la SCE, recomendar una librería o distribuidor tampoco debería convertirse en una restricción que impida a los padres acceder a otras alternativas legítimas, excepto cuando exista una justificación objetiva.

La medida busca preservar la libertad de elección de las familias y permitir que puedan comparar precios, promociones y condiciones antes de adquirir los textos escolares.

La Superintendencia también recuerda que las prácticas que reduzcan injustificadamente las alternativas disponibles para los consumidores pueden ser analizadas bajo las normas de competencia económica.

¿Los colegios pueden exigir paquetes de productos?

El exhorto también pone atención sobre las denominadas ventas atadas, que ocurren cuando la adquisición de un producto o servicio queda condicionada a la compra de otro.

Por ejemplo, la compra de un libro no debería estar condicionada injustificadamente a adquirir adicionalmente cuadernos, códigos digitales, licencias, plataformas u otros productos.

La SCE reconoce que este tipo de paquetes puede responder a razones pedagógicas, tecnológicas o comerciales legítimas. Sin embargo, la situación puede generar problemas de competencia cuando la condición restringe las alternativas de las familias o impide que otros proveedores puedan competir.

Proveedores deben establecer sus precios de forma independiente

La Superintendencia también se refirió a los precios y descuentos de los textos y materiales escolares.

Los proveedores deben determinar de manera independiente sus precios y condiciones comerciales. Esto significa que no pueden coordinar con competidores precios, descuentos, incrementos u otras condiciones de venta.

Las promociones y descuentos sí están permitidos, siempre que respondan a criterios objetivos y verificables. Estas prácticas no deben utilizarse para imponer exclusividades ni para impedir la participación de otros proveedores en el mercado.

¿Qué pueden hacer los padres si consideran que existe una irregularidad?

Las familias que consideren que una institución o proveedor está limitando injustificadamente sus opciones de compra pueden poner el caso en conocimiento de la Superintendencia de Competencia Económica a través de sus canales oficiales y de la ventanilla virtual.

La entidad podrá analizar e investigar aquellos casos en los que existan indicios de posibles conductas contrarias a la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado.

La advertencia adquiere especial relevancia ante el próximo inicio del año lectivo Sierra-Amazonía, previsto para el 1 de septiembre de 2026, cuando las familias deberán adquirir textos y otros materiales escolares.

Según el Ministerio de Educación, alrededor de 1,7 millones de estudiantes regresarán a las aulas en este nuevo período académico.

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