Comisión de Desarrollo Económico tratará dos proyectos de Mae Montaño

sr.maemontañoQuito.- Por resolución del Consejo de Administración Legislativa (CAL), la Comisión de Desarrollo Económico tramitará los proyectos de Ley Orgánica de Fomento al Emprendimiento; y, de la Ley Orgánica de Defensa de Emprendedores Urbanos, de iniciativa de la asambleísta Mae Montaño.

Fomento al emprendimiento

La legisladora en el considerandos del proyecto, subraya que la realidad que viven millones de sub ocupados e informales que existen en el Ecuador, por lo que exige de manera urgente una reforma legal extensiva que simplifique el proceso de emprendimiento, así como los mecanismos de formalización y consolidación de los emprendimientos locales.

En propuesta se plantea porque los emprendimientos son una fuente de generación de empleo, riqueza y bienestar para la sociedad, además son parte de una política sostenible en la lucha contra la pobreza.

En este marco, a través de la propuesta se crea el permiso provisional de operación, el cual faculta a su titular a iniciar actividades económicas y continuar con ellas sin que pueda ser clausurado, multado, ni sancionado de ninguna manera por carecer de algún permiso, licencia, patente municipal, tasa de habilitación o cualquier otro documento de esta misma naturaleza expedido por el municipio donde se ejerzan las actividades.

Además, según la propuesta, únicamente, podrán recibir el permiso de operación provisional las personas naturales o jurídicas que estén por iniciar una actividad económica nueva.

Emprendedores urbanos

En cuanto a este proyecto, la asambleísta Mae Montaño, subrayó que es indispensable incorporar a la legislación ecuatoriana disposiciones que defienden al emprendedor urbano de los potenciales abusos de los gobiernos, tanto el central como los autónomos descentralizados.

Así mismo, urge combatir la abundancia legal y regulatoria que ha plagado el sistema legal en las últimas décadas, llenándolos de obstáculos al emprendimiento (desde trámites hasta impuestos) y que dejan a millones de ecuatorianos sin otra oportunidad que la informalidad.

Por ello, a través del cuerpo legal se establece que se prohíbe toda forma de confiscación de mercancías o equipo de trabajo perteneciente a las personas que ejercen el comercio minorista en el espacio y vía pública. Están incluidos en esta prohibición el decomiso y el retiro temporal de bienes, incluso cuando las ordenanzas provinciales o cantonales contemplen la devolución de los mismos transcurrido algún lapso de tiempo o luego del pago de una multa, y más.

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