En 30 días se debe inscribir a niños y niñas recién nacidos

Loja.- (Prensa Registro Civil).- La inscripción oportuna de niños y niñas antes de cumplir los 30 días de nacidos es un trámite que debe cumplirse, en forma obligatoria, en las oficinas del Registro Civil. Este derecho no puede negarse bajo ningún concepto. Cuando los padres han tardado en realizar la inscripción deben presentar la razón de inexistencia.

La Razón de inexistencia del lugar de nacimiento, tiene un costo de 2 dólares, es otorgada por el Jefe de Registro Civil, Identificación y Cedulación o su delegado. “Aunque parezca increíble estos casos se dan todavía en la provincia de Loja y queremos disminuirlos. Solicitamos se acerquen al Registro Civil para que los ayudemos a cumplir esta obligación”, precisó Darwin Valdivieso, director provincial de Registro Civil.

No obstante existen casos en los cuales se inscribe a los menores antes de cumplir los 18 años No existe costo adicional salvo los dos dólares por razón de inexistencia. Cuando la persona a inscribirse estudie se deberá presentar el certificado de estudios o documento que los justifique, otorgado por el centro educativo correspondiente.

Si la inscripción es pasada los 18 años hasta los 65 años el costo será de 5 dólares.  Los mayores de 18 años deben realizar una declaración juramentada ante una autoridad competente. En caso de lugares donde no exista tal autoridad, debe hacerlo ante el Jefe Político o el Presidente de la Junta Parroquial.

En este último caso, los interesados deberán indicar que nunca ha sido inscrito su nacimiento legalmente, el lugar y fecha en que nació, nombres, apellidos y nacionalidad de los padres Se exceptúa de este requisito a las personas mayores de 65 años de edad, y personas con capacidades especiales.

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