Quito.- «La corte constitucional finalmente se ha pronunciado sobre el decreto ejecutivo 500. Hemos sido -y seguiremos siendo- respetuosos de los tiempos de la corte y de las decisiones tomadas por el más alto tribunal de justicia constitucional del país», dice el comunicado del Ministerio de Gobierno.
La sentencia dejado claro que:
Las situaciones de fuerza mayor que motivaron los decretos no son de competencia de análisis de la Corte Constitucional expresamente la corte dijo «no corresponde a esta corte calificar la existencia o no de las circunstancias fácticas de fuerza mayor alegados por el presidente».
Han ratificado que el decreto ejecutivo 494 (y por ende el 512), en los que se designa como vicepresidenta a Cynthia Gellibert -por ausencia temporal de Verónica Abad- no son objeto de un análisis de la acción de inconstitucionalidad, por lo que siguen vigentes. Por lo tanto, Cynthia Gellibert es la persona que debe asumir la presidencia en caso de ausencia temporal del presidente.
También han reconocido que no es competente para analizar ninguna situación relacionada con el artículo 93 del Código de la Democracia, ni con infracciones electorales, lo que refuerza el argumento de la no obligatoriedad de licencia en este caso.
Los Decretos Ejecutivos no. 500, 505, 513 y 519 tenían como principal objetivo proteger los recursos públicos de los ecuatorianos y evitar un vacío de poder. Además, durante los días en los que el presidente realizó actividades de campaña, en su rol de candidato, no utilizó bienes públicos ni recibió remuneración alguna.
Ante la información de la vieja política o de aquellos «expertos» que han pretendido malinterpretar esta sentencia -por conveniencia electoral- les recordamos que es obligatoria la lectura y análisis de la sentencia en su integridad.
A la vieja política y sus mafias les decimos: mientras pretendan tomarse el poder por la ventana, nosotros seguiremos gobernando con firmeza y amparados en la Constitución y la ley.