Judicatura aprueba avatares digitales en audiencias

Quito. (Lindon Sanmartín Rodríguez).- El Consejo de la Judicatura aprobó el protocolo técnico-operativo que regula el uso de avatares digitales como medida de seguridad durante audiencias telemáticas. La resolución establece las condiciones para su implementación dentro de la Función Judicial, cuya aplicación será progresiva y estará sujeta a la decisión de los jueces competentes.

La resolución dispone que la Dirección Nacional de Gestión Procesal, en coordinación con la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, ejecute las acciones técnicas, administrativas y operativas necesarias para aplicar progresivamente el protocolo.

Estas dependencias también deberán realizar el seguimiento de su aplicación y plantear al Pleno del Consejo de la Judicatura las actualizaciones que sean necesarias debido a la evolución tecnológica o a la experiencia obtenida durante su implementación.

Jueces decidirán el uso de los avatares

La normativa establece que el uso de avatares digitales institucionales durante las audiencias telemáticas será decisión exclusiva de los jueces competentes, dentro de las materias contempladas en el protocolo.

En el caso de víctimas o testigos protegidos, el uso de un avatar requerirá previamente la autorización del juez que conozca el proceso. La medida no podrá aplicarse de manera discrecional o unilateral.

El protocolo señala que las disposiciones deberán aplicarse de acuerdo con los principios constitucionales que rigen la Función Judicial, con el objetivo de fortalecer la protección de la independencia judicial y la seguridad personal de los operadores de justicia, así como de las víctimas y testigos protegidos.

Avatares deberán mantener una imagen institucional

La resolución también establece criterios para el diseño de los avatares institucionales. Estos deberán transmitir sobriedad, imparcialidad y neutralidad institucional.

Queda prohibido utilizar avatares con características caricaturescas, humorísticas o comerciales, así como aquellos que puedan afectar la solemnidad propia de las audiencias y demás actos procesales.

Habrá capacitación para los operadores de justicia

La Escuela de la Función Judicial deberá implementar procesos de capacitación dirigidos a los operadores de justicia sobre la aplicación del protocolo y el uso adecuado de los avatares digitales institucionales.

Además, la Dirección Nacional de Comunicación Social, junto con la Dirección Nacional de Gestión Procesal, tendrá un plazo de 15 días desde la aprobación de la resolución para elaborar una campaña destinada a informar a los usuarios internos y a la ciudadanía sobre el contenido, alcance y aplicación de la normativa.

En el mismo plazo, la Dirección Nacional de Gestión Procesal deberá emitir las directrices técnicas necesarias para que los servidores administrativos y jurisdiccionales puedan aplicar el protocolo.

Implementación progresiva

La ejecución de la resolución estará a cargo, dentro de sus respectivas competencias, de distintas dependencias del Consejo de la Judicatura, entre ellas la Dirección General, la Dirección Nacional de Gestión Procesal, la Dirección Nacional de Comunicación Social, la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la Escuela de la Función Judicial y las direcciones provinciales.

La resolución entra en vigencia desde la fecha de su aprobación, sin perjuicio de su posterior publicación en la página web institucional.

En este contexto, la medida incorpora el uso de tecnología digital como una herramienta de seguridad para determinadas audiencias telemáticas, especialmente en casos en los que sea necesario proteger la identidad o integridad de víctimas y testigos.

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