Quito.- (@srradioEc).- El 17 de mayo de 2020, la Dra. Daniella Camacho Herold, jueza penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), dictó medidas cautelares de carácter personal y real establecidas en el artículo 522 numeral 1 y 2 del Código Orgánico Integral Penal para Alexandra O., Mauricio C., Ramón R., Jorge O. y César E., dentro del proceso No. 17721-2020-00004, por el presunto delito de tráfico de influencias.
Las medidas cautelares personales que dictó la jueza ponente en contra de los procesados consisten en la prohibición de ausentarse del país y la presentación periódica los días lunes de 8:00 a 12:00 para Alexandra O. y César E. en la CNJ; para Mauricio C. y Jorge O. en la Corte Provincial de Justicia del Guayas; y para Ramón R. en la Corte Provincial de Justicia de Manabí. Además, ordenó la retención de fondos de sus cuentas bancarias por un monto de USD $ 5000,00 dólares y la prohibición de enajenar bienes por un monto de USD $ 475.638.080,00.
La exdirectora del Servicio de Gestión de Riesgos, Alexandra Ocles llegó a las instalaciones de la Corte Nacional de Justicia, citada para la audiencia de formulación de cargos en su contra, junto con cuatro funcionarios más.
La Fiscalía los acusa de un supuesto tráfico de influencias en la compra de 7 000 kits de alimentos por parte del Servicio de Gestión de Riesgos para entregar a familias afectadas por el covid-19.
En la audiencia, la Fiscalía, representada por el fiscal general subrogante, Wilson Toainga, solicitó que se disponga la medida cautelar de prisión preventiva para Ocles y otros tres funcionarios. Guido Prado, abogado de Ocles, aseguró que la Fiscalía no es objetiva y que le sorprende que, antes de rendir versiones, se solicite formulación de cargos.
Además, citó una resolución de la Corte Nacional sobre el uso de previsión preventiva y las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la aplicación de de esta medida.