Quito.- El abogado José Antonio Arauz, secretario relator de la Comisión de Régimen Económico y Tributario entregó el informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley de Minería, a la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador y a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.
En el informe se precisa que las observaciones fueron analizadas por los integrantes de la Comisión de Régimen Económico con el apoyo de los representantes del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables, Ministerio del Ambiente y el Servicio de Rentas Internas.
En el texto para segundo debate se propone una mejor redacción a las funciones del directorio de la Agencia de Regulación y Control Minero.
Sobre los actos administrativos previos se aclara el texto y se incorpora que cada entidad que otorga las autorizaciones para ejecutar actividades mineras, actúe dentro del ámbito de sus competencias.
Asimismo ratifica la prohibición del uso del mercurio en las actividades mineras; las regalías serán destinadas a satisfacer proyectos de inversión social para cubrir necesidades básicas insatisfechas; se ratifica que en caso de declaratoria de caducidad, los bienes mineros pasan a ser propiedad del Estado; y, se precisa que la minería artesanal utilizará maquinaria y equipos con capacidades limitadas de carga y producción.
En otra parte, de la normativa se incluye el texto que ratifica la facultad de los gobiernos autónomos descentralizados para normar sobre el otorgamiento, conservación y extinción de los derechos otorgados bajo el régimen de minería artesanal, incluyendo en estas las de modificar el régimen de permisos y optar por la modalidad de concesión prevista para la pequeña minería, respecto de su competencia exclusiva en la explotación de materiales áridos y pétreos.
El Estado ejercerá su potestad de otorgar permisos excepcionalmente para minería artesanal en áreas concesionadas. También a través del Ministerio Sectorial, Instituto Nacional de Investigaciones Geológicas y el Ministerio del Ambiente, desarrollará programas de capacitación a mineros artesanales y pequeños mineros.
Los mineros artesanales seguirán realizando sus actividades en las concesiones en que actualmente operan hasta que el Ministerio sectorial emita la correspondiente regulación, tema que consta en una transitoria.
Por último, en el informe la comisión deja constancia que se recibieron observaciones demandando la realización de la consulta prelegislativa, sin embargo, ninguna de ellas se fundamentó de manera “objetiva, práctica y real” los derechos colectivos que con el texto de la ley se estarían vulnerando.
El proyecto urgente contiene 33 artículos, 9 disposiciones generales; 8 transitorias y 1 disposición final.

