Loja.- (Por. Lindon Sannmartín Rodríguez.- SRRADIO).- “Tenía un poco de esperanza que a través del Consejo de Administración Legislativa (CAL), se le dé al Ecuador un baño de verdad” aseguró el Dr. Patricio Valdivieso Espinosa abogado en libre en el noticiero Prensa Radial de SRRADIO sobre el archivo a juicio político al Vicepresidente Jorge Glas Espinel
Dijo que con tanto acto de corrupción se trate de buscar cualquier salida con leguleyadas, de parte de quienes se negaron a dar paso a la sustanciación de un juicio político. El CAL con 5 votos a favor y 2 en contra-archivó el proceso de pedido de juicio político.
Patricio Valdivieso Espinosa se mostró contrariado por la actuación de la representante del ARE que integra el CAL, una profesional del derecho que conjuntamente con el Asambleísta Luis Fernando Torres hubieran hecho una interpretación adecuada de un juicio político.
El juicio político –indica- es un proceso en el que se va a juzgar la forma de obrar de un funcionario que lo hacía en nombre del Estado, en caso era el Vicepresidente y de acuerdo al ART. 233 de la Constitución lo determina la acción y omisión en sus funciones.
El Vicepresidente Glas, para mi modo de entender políticamente es responsable por omisión por esos actos de corrupción, porque a él se le encargo mediante decreto el manejo de los sectores estratégicos.
De su parte el Presidente de la Asamble Legislativa Jose Serrano manifestó que los integrantes del CAL revisaron las pruebas de sustento y firmas de los asambleístas de oposición que realizaron la petición, y al no cumplirse con los requisitos establecidos, el CAL procedió con el archivo de dicha solicitud de enjuiciamiento, en base a lo que establece el artículo 88 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
Destacó que la principal prueba presentada para dicho juicio es un laudo arbitral confidencial que pudo -incluso- obtenerse ilegalmente, explicó Serrano. Este laudo arbitral esta en apelación y no está ejecutoria y por tanto no tiene ninguna validez para este proceso.
La Constitución establece las causales para enjuiciar a un Vicepresidente de la República. El artículo 129 dice que la Asamblea podrá proceder al enjuiciamiento por tres causales: Delitos contra la seguridad del Estado, por concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito; y delitos de genocidio, tortura o desaparición forzada.
El CAL lo conforman, José Serrano (PAIS), Viviana Bonilla (PAIS), Carlos Bergmann (PAIS-UP), Verónica Arias (ARE), Soledad Buendía (PAIS), Luis Fernando Torres (PSC) y Patricio Donoso (CREO).