SOT multa al Municipio de Loja por fallas catastrales

Loja. (Lindon Sanmartín Rodríguez).- La Superintendencia de Ordenamiento Territorial determinó incumplimientos en 121 de 133 parámetros técnicos evaluados y sancionó al GAD Municipal de Loja con USD 20.051,78.

La Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (SOT) declaró la responsabilidad administrativa del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Loja (GADM Loja) por incumplimientos relacionados con la actualización y entrega de información catastral.

La decisión fue adoptada mediante la Resolución Nro. SOT-INAR-DIRPI-2026-089, de 22 de septiembre de 2026, dentro del Procedimiento Administrativo Sancionador Nro. SOT-INOT-DOT-PAS-2026-001.

Según la resolución, el Municipio de Loja incurrió en la infracción grave prevista en el artículo 107, número 7, de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS), relacionada con el incumplimiento de la obligación de cargar información actualizada al Catastro Nacional Integrado Georreferenciado.

121 parámetros no fueron acreditados

La evaluación realizada por la SOT determinó que el GAD Municipal de Loja no acreditó de manera integral el cumplimiento de los parámetros técnicos establecidos para la actualización, validación y remisión de la información catastral.

De los 133 parámetros técnicos evaluados, 121 no fueron acreditados, lo que representa el 90,98% del total.

Entre las principales observaciones constan deficiencias en la actualización y entrega de información, exactitud posicional, estructura de la clave catastral, sistema de referencia e implementación del Sistema de Información Geográfico Catastral Local (SIGCAL).

En los anexos técnicos evaluados tampoco se acreditó el cumplimiento de los 21 parámetros correspondientes al Anexo A ni de los 19 establecidos en el Anexo B.

En el Anexo C, la evaluación determinó el cumplimiento de 9 de los 70 parámetros correspondientes al componente predio y de 3 de los 15 relacionados con construcciones. En el componente vivienda no se acreditó ninguno de los 8 parámetros establecidos.

SOT impone multa de USD 20.051,78

Como resultado del procedimiento, la SOT impuso al GADM Loja una multa de USD 20.051,78.

Además de la sanción económica, el organismo estableció medidas de reparación que obligan al Municipio a completar y actualizar integralmente su información catastral urbana y rural, tanto en sus componentes alfanuméricos como geoespaciales.

También deberá cargar la información completa al SIGCAL, de acuerdo con la Norma Técnica Nacional de Catastros, y actualizar el acto normativo de valoración catastral.

Observaciones al sistema catastral

La SOT determinó que el SIGCAL no se encontraba implementado y operativo de manera integral. Asimismo, señaló que no se acreditaron suficientemente los parámetros relacionados con la exactitud posicional y que la entrega periódica de información catastral al ente rector fue parcial.

Estas observaciones, de acuerdo con la resolución, formaron parte de los elementos considerados para determinar la responsabilidad administrativa del GADM Loja.

SOT estima impacto en ingresos municipales

El comunicado de la Superintendencia también incorpora una estimación sobre el posible impacto económico de la falta de actualización catastral.

De acuerdo con los registros de las cuentas regionales del Banco Central del Ecuador y con estimaciones basadas en el anuario de Estadísticas Tributarias en América Latina y el Caribe de la CEPAL, la SOT señala que el GADM Loja estaría dejando de percibir aproximadamente USD 9,8 millones anuales por no mantener actualizado su catastro conforme a la normativa vigente.

Esta cifra corresponde a una estimación señalada por la entidad y es distinta de la multa de USD 20.051,78 establecida en la resolución.

Derecho a ejercer recursos

La SOT indicó que la resolución se sustenta en los hechos y actuaciones que constan dentro del procedimiento administrativo sancionador.

El organismo también precisó que esta decisión se adopta sin perjuicio del derecho de las partes a ejercer los recursos previstos en la ley.

La Superintendencia señaló finalmente que continuará con sus acciones de vigilancia y control del ordenamiento territorial, el uso y la gestión del suelo, así como con la supervisión del cumplimiento de la normativa técnica catastral.

Related Posts