Tasa hipotecaria 2.99% para primera vivienda en Ecuador

Quito. (Pablo Sanmartín Rodríguez).- En el marco de las políticas del Gobierno Nacional orientadas a facilitar el acceso a la vivienda, el presidente de la República, Daniel Noboa Azín, anunció que, a partir del martes 27 de enero de 2026, el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS) aplicará una reducción histórica en la tasa de interés del Préstamo Hipotecario Vivienda Premier, que pasa del 4,99 % al 2,99 %.

Con esta medida, el BIESS establece la tasa de interés más baja registrada para créditos hipotecarios en el sistema financiero público y privado del Ecuador, consolidando su compromiso con el bienestar de los afiliados, jubilados y sus familias, y aportando a la dinamización de la economía nacional.

La decisión se sustenta en un análisis técnico, financiero y normativo, y responde al principio de mejora continua de la entidad, con el objetivo de ampliar el acceso al financiamiento para la adquisición de la primera vivienda propia.

La reducción de la tasa permitirá cuotas mensuales más bajas y accesibles para los beneficiarios, además de impulsar el sector de la construcción, sus encadenamientos productivos y la generación de empleo en el país.

El préstamo hipotecario Vivienda Premier contempla un financiamiento de hasta USD 50.000 para viviendas cuyo avalúo comercial sea de hasta USD 55.049, equivalente a 114,21 Salarios Básicos Unificados (SBU). En los casos en que el avalúo del inmueble sea igual o menor a USD 50.000, el financiamiento podrá cubrir hasta el 100 % del valor. Las viviendas deberán ser nuevas, de primer uso y contar con más de una habitación.

Entre los requisitos básicos se establece que los afiliados bajo relación de dependencia deben contar con al menos 36 aportaciones, de las cuales las 13 últimas deben ser consecutivas; los afiliados voluntarios deben registrar 36 aportaciones consecutivas; los jubilados deben contar con una pensión jubilar vigente; y los afiliados con discapacidad requieren un mínimo de 18 aportaciones. Adicionalmente, los ingresos familiares no deben superar los USD 1.527,94 mensuales, equivalentes a 3,17 SBU.

El BIESS reafirmó que esta iniciativa fortalece el acceso a la vivienda digna y contribuye a mejorar la calidad de vida de los afiliados, jubilados y sus núcleos familiares.

Related Posts