Quito.- El Consejo de la Judicatura (CJ), mediante resolución 205 del 12 de diciembre de 2019, autorizó el calendario de vacaciones (vacancia judicial) que regirá para trabajadores del sistema judicial desde 2020. Se trata de dos jornadas al año, la primera segmentada por regiones y la segunda a nivel nacional.

Así, las vacaciones en el sistema judicial serán así:
17 al 31 de marzo para quienes trabajan en regiones litoral e insular;
1 al 15 de agosto para regiones sierra y oriente; y,
23 de diciembre al 6 de enero para todo el país
De este cronograma se exceptúa a las dependencias judiciales con competencia en materias:
• Penal
• Familiar
• Mujer
• Niñez y adolescencia
• Violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar
• Tránsito
• Adolescentes infractores y
• Garantías penitenciarias
«Las juezas, jueces y tribunales, en cada causa, dictarán las providencias pertinentes para la suspensión de términos por efecto del uso de las vacaciones de los servidores», se explicó en el Artículo 3 de la resolución del CJ.
También se estableció que no se sortearán causas de garantías jurisdiccionales a los jueces de las materias que se sujetan al calendario de vacaciones.
Vuelve la Vacancia Judicial, de acuerdo a la Resolución 205 del 12 de diciembre de 2019, del @CJudicaturaEc para el régimen Costa va del 17 al 31 de marzo de cada año; para Sierra y Oriente del 1 al 15 de agosto; y, del 23 de diciembre al 6 de enero, para todos los judiciales pic.twitter.com/J2ltt7mpbU
— srradio (@srradioEc) December 13, 2019
Las Direcciones provinciales del CJ deberán designar ventanillas para recepción de documentos de usuarios mientras duren las vacaciones.

