Quito. (Lindon Sanmartín Rodríguez).- Los comercios en Ecuador no podrán cobrar valores adicionales a los consumidores por pagar con tarjetas de crédito, débito o prepago. La nueva regulación aprobada por la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria (JPRFM) establece, además, cambios en la seguridad de las tarjetas, protección frente a fraudes y condiciones para las empresas que participan en el sistema de pagos.
La normativa también dispone que las tarjetas físicas se emitan sin información sensible impresa, establece mecanismos adicionales de verificación para compras por internet y obliga a las entidades financieras a mantener canales de atención disponibles las 24 horas del día.
Las instituciones involucradas tendrán un plazo de seis meses para adecuar sus procedimientos e implementar las disposiciones, conforme al cronograma establecido por los organismos de control.
Nuevas reglas para pagar con tarjetas de crédito y débito en Ecuador
Uno de los principales cambios de la regulación establece que los establecimientos comerciales deberán mantener el mismo precio de sus productos y servicios, independientemente de si el consumidor paga en efectivo o con tarjeta.
Esta disposición también se aplicará a promociones, rebajas y descuentos. De esta manera, los negocios no podrán trasladar al cliente un recargo adicional por utilizar tarjetas de crédito, débito o prepago.
Además, los establecimientos deberán aceptar tarjetas de distintos emisores y marcas, tanto físicas como virtuales, ampliando las opciones de pago disponibles para los consumidores.
Tarjetas físicas ya no tendrán números ni códigos de seguridad impresos
Otro cambio importante está relacionado con la seguridad de los instrumentos de pago.
La regulación establece que las tarjetas físicas deberán fabricarse y entregarse sin datos sensibles impresos. Esto significa que los plásticos ya no deberán mostrar:
- Número completo de la tarjeta.
- Fecha de vencimiento.
- Código de seguridad CVV.
La medida busca reducir los riesgos asociados al robo, copia o utilización indebida de información financiera.
Para las compras realizadas por internet, las entidades deberán implementar mecanismos adicionales de verificación de identidad. Estos procedimientos no podrán generar costos adicionales para los titulares de las tarjetas.
Entidades financieras deberán atender reclamos las 24 horas
La nueva normativa también establece obligaciones para los emisores de tarjetas frente a situaciones de pérdida, robo y operaciones fraudulentas.
Las entidades financieras deberán garantizar mecanismos inmediatos para bloquear las tarjetas y mantener canales de atención disponibles las 24 horas del día, los siete días de la semana.
Asimismo, deberán reintegrar los valores correspondientes a determinadas operaciones fraudulentas, entre ellas:
Consumos realizados después de que el usuario haya reportado el robo o pérdida de su tarjeta.
Transacciones originadas por fallas de seguridad atribuibles a las entidades financieras.
La devolución deberá efectuarse conforme a las condiciones y procedimientos establecidos en la regulación.
Comercios recibirán pagos en un máximo de cinco días hábiles
La reforma también introduce cambios en los plazos de liquidación de las operaciones comerciales.
Los adquirentes deberán transferir a los establecimientos los valores correspondientes a sus ventas corrientes en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Esta disposición establece un límite para la acreditación de los recursos generados mediante pagos con tarjetas y busca ordenar los tiempos de liquidación dentro del sistema.
Nuevas empresas podrán participar en el sistema de pagos
La regulación incorpora la figura de la adquirencia no financiera, que permitirá a empresas que no son entidades financieras prestar servicios para que los comercios reciban pagos con tarjetas.
Para operar, estas compañías deberán contar con autorización del Banco Central del Ecuador (BCE) y cumplir requisitos de capital mínimo de USD 500.000.
También se establecen condiciones para los agregadores de pago, empresas tecnológicas que facilitan las transacciones electrónicas al conectar a los establecimientos comerciales con procesadores de pagos.
Estas compañías deberán disponer de un capital mínimo de USD 250.000. Las empresas que ya se encuentran operativas tendrán un plazo de un año para cumplir con este requisito.
La incorporación de estos participantes busca ampliar las alternativas tecnológicas y operativas disponibles para los establecimientos comerciales.
Prohibidos los intereses sobre intereses en tarjetas de crédito
Otro componente de la regulación está relacionado con la transparencia de los costos financieros.
Las entidades emisoras deberán informar con claridad los costos asociados a los consumos corrientes y diferidos, así como las condiciones utilizadas para calcular los intereses.
La normativa también ratifica expresamente la prohibición de cobrar intereses sobre intereses, disposición orientada a transparentar las obligaciones económicas de los tarjetahabientes.
¿Cuándo entrarán en vigencia los cambios para las tarjetas?
Las nuevas disposiciones establecen un período de seis meses para que las instituciones involucradas adecuen sus procedimientos e implementen los cambios regulatorios.
En este proceso participarán la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria y el Banco Central del Ecuador, de acuerdo con sus respectivas competencias.
Con estas medidas, el sistema de pagos en Ecuador incorpora nuevas condiciones para los comercios, entidades financieras, empresas tecnológicas y usuarios de tarjetas de crédito, débito y prepago.


