Quito (Pichincha).- El presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh, en entrevista con El Telégrafo, rechazó la protección que la dirigencia de Sarayaku otorga a Cléver Jiménez, Fernando Villavicencio y Carlos Figueroa, sentenciados por la justicia por injuria judicial, durante los hechos del 30 de septiembre de 2010.
A continuación, publicamos la entrevista del periódico público:
¿Cuál es el criterio desde el Consejo de la Judicatura sobre lo que se está viviendo en Sarayaku, pueblo que dice acoger las medidas cautelares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por sí mismo, desconociendo la sentencia condenatoria por injurias en contra de Cléver Jiménez, Fernando Villavicencio y Carlos Figueroa?
Esa es una situación de hecho, lamentable, y creo que ningún abogado con el mínimo de honestidad intelectual podría aceptar una situación de esta naturaleza, que no tiene ningún fundamento jurídico.
Es una situación de hecho que atenta contra todo principio constitucional. El Ecuador es uno solo, es un Estado de derechos y justicia, como lo establece la Constitución. Creo que ningún abogado o jurista podría aceptar que una situación de hecho se presente en contra de una sentencia judicial, y que alguien unilateralmente (Jiménez) diga que esta es una sentencia nula porque es condenado por las infracciones cometidas, a través del debido proceso emitido por el máximo organismo: la Corte Nacional de Justicia. Se lo declare como un difamador y se refugie en una comunidad indígena, poniendo de alguna manera en riesgo a los miembros de esa comunidad.
El estado de derecho tiene toda la potestad de hacer ejecutar una sentencia, como es la obligación jurídica.
¿Quién debe ejecutar esa sentencia? ¿Las Fuerzas Armadas o Policía Nacional pueden incursionar en el pueblo de Sarayaku?
Los contextos específicos les corresponderá a las autoridades competentes respecto a la ejecución de la sentencia y establecer las medidas que se deban tomar, pero lo que es claro y objetivo es que esa situación de hecho atenta contra todo principio democrático, de seguridad jurídica y contra el estado de derecho en sí mismo.
¿Se dice que hay una aparente provocación por parte de Jiménez y de ciertos dirigentes indígenas de Sarayaku para después, en el caso de que suceda algo, victimizarse?
Es una situación en la que esas personas (Jiménez, Villavicencio y Figueroa) deben aceptar sus responsabilidades ante la justicia. Una vez que hay una sentencia ejecutoriada, de casación, y que da por terminada en la justicia ordinaria un proceso, lo que corresponde es que acepten esas responsabilidades y se acaten las resoluciones de la justicia.
Para evitar una crisis, ¿sería cuestión de Cléver Jiménez que acepte la sentencia y se entregue a la justicia?
Pero por supuesto, esa es la manera adecuada en que este tema debe ser resuelto, que las personas que han sido objeto de una sentencia judicial asuman su responsabilidad ante la ley y ante la justicia ecuatoriana, y no pongan en riesgo ni manipulen de esta manera a dirigencias de una comunidad, tomando en cuenta, además, que no todos los habitantes de esa comunidad comparten una medida de esa naturaleza: refugiar a los 3 sentenciados.
¿Se podría hacer una mediación con el pueblo Sarayaku para resolver este tema?
La naturaleza de esa sentencia puede implicar algunas vías de solución, pero eso parte, sobre todo, de la aceptación de las responsabilidades de quienes han sido sentenciados por la justicia.
Cualquier solución parte del marco jurídico que nuestra Constitución y leyes establecen: la aceptación inicial de responsabilidades es la base para que tenga una solución jurídica.
Teniendo en cuenta que existen medidas cautelares para Sarayaku emitidas desde la Corte Interamericana, ¿los militares pueden o no incursionar en ese pueblo para detener a los fugitivos?
Las medidas cautelares emitidas tienen un objetivo específico: precautelar a la comunidad, al territorio, no de garantizar la impunidad a nadie. Entonces, se está haciendo también allí mala interpretación. Un jurista con honestidad intelectual no podría decir que eso cubre a quien comete un delito para que pueda refugiarse en el territorio sarayaku. Eso no tiene ninguna justificación jurídica, legítima o democrática.
Las autoridades a las que les corresponde la ejecución de una sentencia tendrán que determinar los mecanismos adecuados para que ese fallo se cumpla. /El Telégrafo

