Noboa reforma contratación pública en Ecuador

Quito. (Lindon Sanmartín Rodríguez).-  El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, expidió el 7 de abril una reforma al Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP), con el objetivo de fortalecer los mecanismos de control, supervisión y sanción dentro del sistema estatal.

La normativa, establecida mediante el Decreto Ejecutivo No. 356, introduce cambios estructurales orientados a optimizar la gestión del Servicio Nacional de Contratación Pública y garantizar mayor transparencia en los procesos de contratación.

El Ejecutivo justificó la reforma señalando la necesidad de reforzar la estabilidad del sistema monetario y financiero del país, especialmente en instituciones clave como el Banco Central del Ecuador, al que se le otorgan nuevas facultades bajo un régimen especial.

Entre los principales cambios destaca la creación de un catálogo específico para el Banco Central, que incluye servicios críticos como la custodia y transporte de valores, acuñación de moneda y refinamiento de oro. Asimismo, se incorporan disposiciones para la contratación internacional, permitiendo al BCE acogerse a normas de organismos extranjeros, previa autorización legal.

La reforma también establece la posibilidad de declarar ciertos procesos como reservados o confidenciales, excluyéndolos del Portal de Contratación Pública, lo que busca proteger información sensible en operaciones estratégicas.

En materia de control, se fortalecen las capacidades del Sercop mediante herramientas tecnológicas que permitirán una supervisión más oportuna en la fase precontractual. Además, se redefine la responsabilidad administrativa de los funcionarios, eliminando vacíos legales que anteriormente limitaban la acción del ente regulador.

Otro de los ejes clave es la implementación de un nuevo sistema de sanciones para proveedores, que clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves, con suspensiones diferenciadas en el Registro Único de Proveedores (RUP) según el monto de contratación y la reincidencia.

Las sanciones también contemplan el uso indebido del Portal de Contratación Pública, incluyendo faltas como la publicación de información irrelevante, la suplantación de identidad o la manipulación de datos, con penalidades que pueden alcanzar hasta 180 días de suspensión.

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