Quito.- La Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, publicada el 20 de diciembre de 2023, establece la remisión del 100% de intereses, multas y recargos derivados de los tributos cuya administración y recaudación corresponden al Servicio de Rentas Internas.
En este contexto, la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), el Servicio de Rentas Internas (SRI) y el Servicio Público de Pago de Accidentes de Tránsito (SPPAT) han ajustado los valores de recarga de la tasa ANT.
Esto permite que los usuarios accedan a dicho beneficio hasta el 25 de julio de 2024, fecha límite establecida por la misma Ley. Al concluir este período, las personas que no hayan cancelado la totalidad de las obligaciones tributarias vencidas deberán saldar la deuda con la recarga correspondiente.
Es importante destacar que la remisión de intereses en la tasa ANT, recaudada anualmente en la matriculación vehicular, se efectúa de manera automática en el sistema, eliminando la necesidad de que los usuarios presenten solicitudes o busquen asistencia legal para acceder a este beneficio.
Cabe resaltar que los beneficios detallados en la Segunda Disposición General y Disposición Transitoria Tercera de la mencionada Ley no se aplican a las infracciones de tránsito pendientes de pago ante la ANT.
“Agencia Nacional de Tránsito, servicios transparentes y de calidad para todos”