Quito.- El pasado 14 de junio del 2025, el presidente de la República, Daniel Noboa Azón, envió la asamblea nacional el proyecto de Ley Orgánica de Recuperación de Áreas Protegidas y Promoción del Desarrollo Local, calificado de urgencia en materia económica.
El proyecto con carácter urgente económico planteado por el presidente, deviene de la necesidad de atacar la situación actual que atraviesa el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, que han sido tomados por economías ilegales, grupos armados y actividades criminales.
El proyecto considera que las áreas protegidas se encuentran siendo empleadas para el cometimiento de actividades ilícitas como la minería ilegal, tala indiscriminada, contrabando, operaciones de narcotráfico, entre otras; siendo que, por lo tanto, necesario conservar la biodiversidad y los recursos naturales no renovables, que además son parte de los sectores estratégicos reconocidos en el artículo 313 de la Constitución de la República del Ecuador.
Con esta ley se impulsa una gestión más eficiente y se fomenta la inversión privada responsable, bajo normas estrictas dispuestas por la autoridad ambiental, en actividades como turismo, investigación científica, servicios y protección ambiental.
Con esta decisión, los ecuatorianos volverán a disfrutar de su patrimonio natural.
El objetivo es recuperar y aprovechar de forma sostenible estos espacios, diversificar la economía local, generar empleo digno, reactivar el turismo y asegurar la presencia del Estado en zonas estratégicas para la seguridad y el desarrollo. Con visión de país, este proyecto de ley propone un nuevo modelo de gestión en las áreas protegidas.
Informe ambiental en GAD Provinciales
El proyecto de Ley Orgánica de Recuperación de Áreas Protegidas y Promoción del Desarrollo Local, se respalda en los datos a junio de 2024, proporcionados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), en materia del Censo de Información Ambiental Económica en GAD Provinciales, del cual se obtuvo los siguientes resultados y resumen estadístico:
En 2023, se invirtieron más de 492 millones de dólares en proyectos de gestión ambiental, cambio climático, fomento y desarrollo productivo, riego y drenaje, vialidad y turismo; el GAD de Loja realizó una de las mayores inversiones con más de 78 millones de dólares.
En el año 2023, el 79 % de GAD provinciales (19) se han acreditado como Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable – AAAR2. Esta acreditación les permitió liderar y coordinar el proceso de evaluación de impactos ambientales.
En 2023 los GAD provinciales destinaron más de 8.4 millones de dólares para ejecutar proyectos de gestión ambiental. La mayor inversión se registra en la región Sierra (4.2 millones de dólares). En 2022 y 2023 la prefectura de Tungurahua, destinó en cada año más de 2 millones de dólares para ejecutar proyectos ambientales.
En 2023 se destinaron 6.4 millones de dólares para la ejecución de 63 proyectos de cambio climático. La prefectura de Guayas invirtió alrededor de 1.7 millones de dólares para este objetivo.
En 2023 se invirtieron más de 11 millones de dólares en 96 proyectos de Turismo, la mayoría en fortalecimiento de las actividades turísticas. El Oro destinó alrededor de 2.8 millones de dólares para llevar a cabo estas actividades.
Áreas protegidas
Las áreas protegidas, según esta ley, se regirán por las directrices, lineamientos y normativa sectorial ambiental, dispuestas por la Autoridad Ambiental Nacional.
El modelo de gestión de las áreas protegidas podrá optar por la gestión directa, o a través de mecanismos contractuales de intervención, administración y operación al sector privado, nacional o internacional; u otros mecanismos que permita la normativa legal vigente.
Para la gestión de las áreas protegidas, la autoridad competente podrá solicitar a la Policía Nacional o a las Fuerzas Armadas que brinden seguridad en el perímetro del área protegida, bajo el modelo de gestión y compensación que se determine; sin perjuicio de gestión de los guardaparques. El control en áreas protegidas de difícil acceso será monitoreado con tecnología de vigilancia.
Mecanismo Contractuales
La intervención, administración y operación del sector privado de las áreas protegidas, se realizará a través de instrumentos contractuales con el organismo público encargado de la administración y gestión de áreas protegidas; siempre que exista una causa lícita como:
La prestación de servicios turísticos,
La facilitación del disfrute ciudadano del patrimonio natural del Estado,
La prestación de servicios ambientales,
La protección ambiental,
La investigación científica, u otra actividad que determine el Reglamento.
El Reglamento a esta Ley regulará los requisitos para la suscripción de estos instrumentos contractuales.
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