Loja.- Desde este viernes 10 de marzo empiezan a vencer los plazos para presentar la declaratoria del Impuesto a la Renta, tanto para las personas naturales, como para las sociedades. Quienes están obligados a cumplir con este proceso, son tres tipos de regímenes: los del Rimpe del sector popular, quienes deben hacer la declaración de 60 dólares anuales; los del Rimpe emprendedores con ingresos desde los 20 mil dólares hasta los 300 mil dólares anuales; y, los del régimen general, quienes también están obligados a realizar esta declaración.
Cronograma
Julio Ruiz, director Zonal 7 del Servicio de Rentas Internas (SRI), manifestó que cuentan con un cronograma establecido que arranca este viernes 10 de marzo para las personas que terminan su último número del RUC en 1; el 12 de marzo con el RUC 2; y así sucesivamente hasta el 28 de marzo que concluye con los del RUC 0.
En cambio, para las sociedades que están con régimen general, existe un cronograma que inicia en el mes de abril. Recalcó que dentro del Rimpe emprendedor están también, no solo las personas naturales, sino las jurídicas, es decir, las que tengan ingresos hasta los 300 mil dólares.
En caso de que no exista la declaración a tiempo, existen sanciones que corresponden al 3% del valor declarado como tal o impuesto causado; y, adicional, si no han tenido un impuesto causado, es del 0,1%.