Quito. (Lindon Sanmartín Rodríguez).- La Comisión de Justicia y Estructura del Estado continuó este martes, 3 de febrero, con el análisis del Proyecto de Ley de Extradición, iniciativa que busca regular y agilizar la entrega de personas —incluidos ciudadanos ecuatorianos— a otros Estados para que enfrenten procesos judiciales o cumplan condenas, principalmente por delitos vinculados al crimen organizado transnacional.
Durante la sesión, los asambleístas recibieron los criterios técnicos de tres abogados especialistas en derecho penal, quienes aportaron observaciones orientadas a fortalecer el marco jurídico y garantizar la eficacia del procedimiento de extradición, en concordancia con la Constitución y los principios del debido proceso.
El abogado penalista Nino Cassanello abordó la figura de la extradición activa, que se aplica cuando el Ecuador solicita a otro Estado la entrega de una persona para que sea juzgada o cumpla una sentencia en el país. Propuso que se aclare la posibilidad de que la víctima actúe como peticionaria del proceso, con el objetivo de reducir la alta carga procesal que enfrentan jueces y tribunales.
Asimismo, Cassanello recomendó establecer con precisión cómo se computará el plazo de caducidad de la prisión preventiva dentro del proceso de extradición, a fin de evitar la prescripción de la pena y asegurar la efectividad de la acción penal.
Por su parte, Christian Gallo Molina, especialista en derecho penal, advirtió que no sería adecuado concentrar en una sola autoridad —el presidente de la Corte Nacional de Justicia— la competencia sobre el proceso jurisdiccional de extradición. En su criterio, esta atribución debería recaer en un órgano colegiado, lo que fortalecería la transparencia y la toma de decisiones.
Gallo coincidió en la necesidad de revisar de forma exhaustiva el tratamiento de la prisión preventiva, recordando que, conforme a la Constitución, debe aplicarse como una medida de última ratio, y recomendó que la ley contemple la posibilidad de medidas sustitutivas.
Finalmente, el experto Pedro Jerves señaló la importancia de analizar la extradición pasiva, es decir, cuando un ciudadano es requerido al Ecuador por otro Estado. En este contexto, planteó definir claramente si es procedente la aprehensión de documentos, bienes u otros elementos probatorios sin orden judicial, con el fin de salvaguardar la validez de las pruebas.
Jerves también subrayó la necesidad de regular de manera expresa la apelación del auto de llamamiento a juicio, ya que la falta de una normativa clara podría convertirse en un mecanismo para dilatar o entorpecer los procesos de extradición.












